Empresas y autónomos

Transferencia de un vehículo de empresa

Cuando una sociedad o un autónomo vende o compra un coche o una furgoneta, cambian el impuesto y algunos documentos. Te lo explicamos.

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IVA o ITP: quién vende importa

  • Vende una empresa o un autónomo en su actividad: la venta suele llevar IVA en la factura y el comprador no paga ITP.
  • Vende un particular a una empresa: se paga el Impuesto de Transmisiones como en cualquier compraventa entre particulares (salvo que el comprador sea un compraventa que lo adquiere para revender, con su régimen propio).

Documentos cuando interviene una sociedad

  • NIF de la sociedad.
  • DNI y escritura de poderes de la persona que firma en nombre de la empresa.
  • Factura (si la venta lleva IVA) o contrato de compraventa.
  • Permiso de circulación, ficha técnica con ITV en vigor y último impuesto de circulación.
  • Tasa de la DGT: 55,70 €.

Furgonetas y vehículos comerciales

La transferencia de una furgoneta sigue los mismos pasos que la de un turismo. Si tiene tarjeta de transporte o está en renting o leasing, hay pasos previos: el gestor lo revisa en el informe DGT antes de empezar.

¿Lo necesitas para varios vehículos? Indícalo en la solicitud y el gestor te dará un precio conjunto.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿Un autónomo que vende su coche cobra IVA?

Depende de si el vehículo estaba afecto a su actividad. El gestor lo revisa contigo, porque cambia si el comprador paga IVA o ITP.

¿Puede firmar cualquier empleado?

No. Debe firmar quien tenga poder suficiente para representar a la sociedad, y hay que aportar la escritura que lo acredita.

¿Se puede hacer online?

Sí. El gestor recibe la documentación por correo o WhatsApp y presenta la transferencia en la DGT.

Te lo tramita un gestor colegiado

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