Padres, hijos y cónyuges

Transferencia de un coche entre familiares

Pasar el coche de padres a hijos, entre hermanos o al cónyuge es una transferencia como cualquier otra, pero el impuesto cambia según sea una venta o una donación.

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¿Venta o donación?

Entre familiares el coche se puede transmitir de dos formas, y cada una tributa por un impuesto distinto:

  • Compraventa (hay un precio): el comprador paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. En Andalucía, el 4 % del valor fiscal con carácter general. Ver ITP en Andalucía.
  • Donación (sin precio): quien recibe el coche paga el Impuesto de Donaciones. En Andalucía existe una bonificación muy alta para familiares directos (hijos, nietos, cónyuge, padres y abuelos), sujeta a requisitos formales.

Declarar una venta con un precio simbólico no funciona: Hacienda calcula el impuesto como mínimo sobre el valor de sus tablas.

Cuál conviene

Depende del valor del coche y del parentesco. Para familiares directos en Andalucía, la donación suele salir más barata, pero los requisitos han cambiado en 2026 (declaración en plazo y, en algunos casos, documento público). Tu gestor calcula las dos opciones y te dice cuál te sale mejor antes de empezar.

Documentación

  • DNI de ambas partes.
  • Contrato de compraventa o documento de donación.
  • Permiso de circulación y ficha técnica con la ITV en vigor.
  • Justificante del impuesto (ITP o Donaciones).
  • Tasa de la DGT: 55,70 € (27,85 € en ciclomotores).

Si el familiar ha fallecido, el trámite es distinto: mira la transferencia por herencia.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿Hay que pagar impuesto si mi padre me regala su coche?

Sí, se declara el Impuesto de Donaciones, aunque en Andalucía los familiares directos tienen una bonificación muy alta si se cumplen los requisitos. Tu gestor lo presenta por ti.

¿Puedo poner un precio de 1 € en el contrato?

No es buena idea: Hacienda aplica como mínimo el valor de sus tablas y puede regularizar la diferencia con recargos.

¿El plazo de 30 días también se aplica entre familiares?

Sí. La solicitud de cambio de titularidad en la DGT tiene el mismo plazo, y el impuesto tiene el suyo propio.

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